Los Representantes de Partido en México

Es derecho de los partidos políticos participar en la preparación, desarrollo y vigilancia del proceso electoral, así como gozar de las garantías que la ley les otorga para realizar libremente sus actividades.


Los Partidos Políticos tienen derecho a nombrar a dos representantes propietarios y un suplente por cada casilla electoral, a si como en cada distrito electoral. Un representante general por cada 10 casillas urbanas y cinco rurales.

Los representantes de partido en casilla y generales, deberá portar un nombramiento expedido por su partido y refrendado por el presidente y secretario del Consejo Distrital correspondiente.

Los representantes de partido en casilla, tendrán las siguientes responsabilidades generales:

 Estar en la instalación y apertura de casilla.

 Estar en la recepción de la votación.

 Estar en el cierre de la votación.

 Estar en el escrutinio y cómputo.

 Estar en la integración de los expedientes de casilla y del paquete electoral.

 Estar en la publicación de resultados electorales en el exterior de la casilla.

 Estar en la clausura de la casilla.

 Estar en la remisión al Consejo Distrital de los paquetes electorales.

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