GLOSARIO ELECTORAL

Significado de los términos, principios e instituciones, procesos e instrumentos políticos-electorales.


ACTAS ELECTORALES. Son documentos con validez-jurídica en los que se anota lo que sucedió durante la jornada electoral y los resultados de la votación en cada casilla. Existen distintos tipos de actas electorales, como la de la Jornada Electoral y la de Escrutinio y Cómputo.

ASAMBLEA LEGISALTIVA DEL DISTRITO FEDERAL. Es un órgano del Distrito Federal cuyos integrantes son elegidos por los ciudadanos del Distrito Federal. Entre sus facultades destacan las siguientes: examinar, discutir y aprobar anualmente el presupuesto de egresos y la ley de ingresos del Distrito federal; legislar en materia de administración pública, planeación del desarrollo, en materia civil y penal y de protección civil, así como expedir las disposiciones que rijan las elecciones locales.

AUTORIDADES ELECTORALES FEDERALES. Son autoridades electorales federales permanentes el Instituto Federal Electoral (IFE) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. También lo son, de manera temporal, las Mesas Directivas de Casilla (el día de las elecciones). La función básica de las autoridades electorales consiste en organizar el proceso electoral federal y asegurar que éste se realice conforme a lo establecido por la legislación en la materia.

BOLETAS ELECTORALES. Son los documentos que sirven para que los ciudadanos ejerzan su derecho al voto. Contienen, entre otros datos, el emblema de los candidatos propuestos por éstos. En el acto de votar, el ciudadano debe marcar en la boleta, el emblema del partido de su preferencia.

CALIFICACIÓN DE LA ELECCIÓN (de Presidente de los Estados Unidos mexicanos). Actividad llevada a cabo por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, consiste en la declaración formal del triunfo del candidato a la Presidencia de la república que obtuvo la mayoría de votos en las elecciones. Es la última etapa del proceso electoral.

CÁMARA DE DIPUTADOS. Es una de las dos cámaras que integran el Congreso de la Unión. Está compuesta por 500 representantes elegidos por los ciudadanos cada tres años. Sus principales funciones son la propuesta, discusión y aprobación de las leyes.

CÁMARA DE SENADORES. Es una de las dos cámaras que integran el Congreso de la Unión. Se compone de 128 miembros elegidos por los ciudadanos cada seis años: tres por cada entidad federativa del país. Los 32 restantes serán electos según el principio de Representación Proporcional, votados en una sola circunscripción nacional. Su principal función es hacer respetar el Pacto Federal, es decir, hacer valer la libertad y la soberanía de las entidades federativas en beneficio de una única Soberanía Nacional. Cumple, al igual que la Cámara de Diputados, con funciones legislativas.

CAMPAÑA ELECTORAL. Es el conjunto de actividades que realizan los partidos políticos y sus candidatos para obtener el voto de los ciudadanos. En una campaña electoral, los partidos dan a conocer los principios, ideas y programas que constituyen su respectivo proyecto político para el futuro del país, y promueven las candidaturas de quienes lo comparten y buscan ocupar los cargos de elección popular en disputa.

CANDIDATO. Persona que representa a un partido político durante un proceso electoral y busca obtener el voto de la ciudadanía para alcanzar un puesto de elección popular.

CAPACITACIÓN ELECTORAL. Es la serie de actividades destinadas a la preparación de los ciudadanos que participarán en el proceso electoral como funcionarios de casilla y como observadores electorales.

CASILLA. Es el lugar designado para la recepción del voto de los ciudadanos. Funciona sólo durante la jornada electoral.

CIRCUNSCRIPCIONES PLURINOMINALES. Son las cinco regiones en que, con base en la concentración territorial de la población, se divide el país para la elección de los 200 diputados de Representación Proporcional. Están delimitadas actualmente de la siguiente manera:

Primera circunscripción comprende los estados de Baja California, Baja California Sur. Chihuahua. Durango. Jalisco. Nayarit. Sinaloa y sonora, cabecera Guadalajara, Jalisco.

Segunda circunscripción comprende los estados de Aguascalientes. Coahuila. Guanajuato. Nuevo León. Querétaro. San Luis Potosí. Veracruz y Zacatecas, cabecera Monterrey, Nuevo León.

Tercera circunscripción comprende los estados de Campeche. Chiapas. Oaxaca. Quintan Roo. Tabasco. Veracruz y Yucatán, cabecera Xalapa, Veracruz.

Cuarta circunscripción comprende los estados del Distrito Federal. Guerrero. Morelos. Puebla y Tlaxcala, cabecera Ciudad de México, Distrito Federal.

Quinta circunscripción comprende los estados de Colima. Hidalgo. Estado de México y Michoacán, con cabecera en Toluca Estado de México.

CIUDADANO. Es todo individuo sujeto de derechos y obligaciones jurídico-políticas. En México, el artículo 34 constitucional otorga la ciudadanía a los varones y mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, hayan cumplido 18 años y tengan un modo honesto de vivir.

CÓDIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES (COFIPE). Es la legislación que regula la forma de organizar y desarrollar las elecciones federales en México.

CONSTANCIA DE ASIGNACIÓN PROPORCIONAL. Es el documento oficial que hace constar el número de Diputados por el principio de Representación proporcional que se adjudica a un partido según el porcentaje de votación obtenido en la circunscripción correspondiente. La expide el Presidente del consejo General del IFE.

CONSTANCIA DE MAYORÍA Y VALIDEZ. Es el documento que hace constar que un candidato obtuvo la mayoría de votos (Mayoría Relativa) para un puesto de elección popular, en un distrito electoral uninominal. La expide el Presidente del Consejo Distrital respectivo.

CONSTITUCIÓN. Es la ley suprema de una nación que establece los derechos y obligaciones de los individuos, la sociedad y el gobierno, regulando el orden político, económico y social. En México los derechos individuales y sociales, así como las obligaciones de los nacionales y de los extranjeros que estén en nuestro territorio, y la forma de gobierno que ha de regir ala nación, están plasmados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

CREDENCIAL PARA VOTAR CON FOTOGRAFÍA. Es el instrumento de identificación que permite a los ciudadanos ejercer su derecho al voto.

DEMOCRACIA DIRECTA. Es un método político que permite que los asuntos públicos sean resueltos con la participación de todos los ciudadanos, sin que existan representantes de por medio.

DEMOCRACIA REPRESENTATIVA. Es un método político por el cual los ciudadanos eligen a las personas que deberán representarlos para tomar decisiones que favorezcan el bienestar colectivo.

DERECHOS POLÍTICOS-ELECTORALES. Son el conjunto de derechos garantizados por la ley, que permiten a los ciudadanos tomar parte de manera pacífica, en los asuntos políticos del país. Votar y ser votados, participar en el partido político que prefiera, etcétera.

DIPUTADOS A LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL. Representantes electos por la ciudadanía de la capital de la República. Tienen por función básica emitir leyes y reglamentos para la entidad del Distrito federal. Son un total de 66 miembros, 40 de ellos electos por el principio de Mayoría relativa y 26 por el principio de Representación Proporcional.

DIPUTADOS FEDERALES. Son representantes de la nación, electos por los ciudadanos cada tres años, cuya función es proponer, discutir y aprobar leyes. Por la forma como se eligen: existen dos tipos de Diputados: de Mayoría Relativa y de Representación Proporcional; sin embargo, sus funciones son las mismas. En el caso de de los Diputados de Mayoría Relativa se eligen 300, en tanto que en el de los Diputados de Representación Proporcional se asignan 200, para sumar los 500 que componen la Cámara respectiva.

DISTRITO ELECTORAL UNINOMINAL. Se llama así a cada una de las trescientas partes en que se divide el país para elegir a un Diputado Federal por cada una de ellas, según el principio de Mayoría Relativa. Se llama así a cada una de las cuarenta partes en que se divide el Distrito Federal para elegir a un Diputado a la ALDF por cada una de ellas, según el principio de Mayoría Relativa.

DIVISIÓN DE PODERES. Es el principio que establece que el poder político no debe estar en manos de una sola persona o grupo. Por ello, la Constitución Mexicana establece que la Soberanía Nacional se ejerce a través de tres poderes: el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial.

DOCUMENTACIÓN Y MATERIALES ELECTORALES. Documentos y materiales (boletas electorales, listas de electores por sección, urnas, etcétera) que se utilizan en las casillas durante la jornada electoral.

ELECCIÓN. Es el procedimiento mediante el cual los ciudadanos deciden, con su voto, qué candidatos habrán de gobernarlos.

ELECTORES. Son los ciudadanos que, teniendo su Credencial para votar con fotografía y estando inscritos en la Lista Nominal de electores, ejercen su derecho al voto.

ENCUESTA ELECTORAL. Es un instrumento de sondeo de la opinión pública utilizado por instituciones interesadas en obtener información acerca de las preferencias electorales ciudadanas, lo cual permite pronosticar los resultados de la jornada electoral.

ESCRUTINIO Y CÓMPUTO. Procedimiento mediante el cual los integrantes de cada Mesa Directiva de Casilla determinan el número de votantes, el número de votos depositados a favor de cada partido, el número de votos anulados y el número de boletas sobrantes de cada elección.

ESTADO. Organización política de la sociedad que se expresa en un poder soberano y en una estructura de gobierno, sujetos a la ley y cuyas decisiones rigen la vida pública de la colectividad en un territorio determinado.

ESTADO DE DERECHO. Es una forma de organización política en la cual los gobernantes y los gobernados, sin ninguna excepción, están obligados a obedecer las leyes.

FINANCIAMIENTO PÚBLICO A LOS PARTIDOS POLÍTICOS. Es el dinero que los partidos políticos reciben del estado para el buen desarrollo de sus actividades. Los partidos tienen que informar a las autoridades electorales sobre el uso de dichos fondos.

GOBIERNO. Es el conjunto de personas e instituciones a las que, legalmente, les está confiado el ejercicio del poder público en una sociedad.

INSACULACIÓN. Es el sorteo que permite designar a los ciudadanos que actuarán como funcionarios de casilla el día de la jornada electoral.

INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL (IFE). Es la institución encargada de organizar las elecciones federales para Diputados, Senadores, y Presidente de la República. Es una institución pública, autónoma, que posee personalidad jurídica y patrimonio propios. Se rige por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.

JORNADA ELECTORAL FEDERAL. Es el día en que se realizan las elecciones. Se inicia a las 8:00 horas del primer domingo de julio del año de la elección con la instalación y apertura de las casillas; continúa con la votación y el escrutinio y cómputo de los votos recibidos, y termina con la publicación de los resultados electorales en el exterior de las casillas y el envío de los documentos electorales a los Consejos Distritales del IFE.

LISTA NOMINAL DE ELECTORES. Es la lista que se utiliza en la casilla el día de la jornada electoral que incluye la fotografía y el nombre de los ciudadanos registrados en el Padrón Electoral que obtuvieron su Credencial para Votar con Fotografía.

MESA DIRECTIVA DE CASILLA. Es la autoridad electoral encargada de recibir y contar la votación de la ciudadanía, garantizando el secreto del sufragio o voto. Está formado por ciudadanos escogidos por sorteo (insaculación)

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN, SISTEMA DE. Es el conjunto de recursos legales que permite a los ciudadanos y a los partidos políticos inconformarse ante la instancia competente, por actos y resoluciones de las autoridades electorales que se considere lesionen sus derechos político-electorales.

OBSERVADORES ELECTORALES. Son los ciudadanos que desarrollan tareas de vigilancia en las distintas etapas de un proceso electoral, particularmente el día de las elecciones.

OPINIÓN PÚBLICA. Es el conjunto necesariamente plural de puntos de vista y tomas de posición frente a asuntos considerados públicos o de interés general. La opinión pública lo es en un doble sentido: porque nace de un debate público, y porque su materia es la cosa pública. La opinión siempre es variable y cambia con el tiempo, expresa más juicios de valor que juicios de hecho.

PADRÓN ELECTORAL. Es el listado que contiene el nombre de todos los ciudadanos que presentaron su solicitud para obtener su Credencial par Votar con Fotografía.

PARTIDO POLÍTICO. Organización de ciudadanos constituida de manera libre y permanente, orientada por una posición ideológica y un programa político, cuya finalidad consiste en alcanzar el poder público por la vía electoral, para así poner en práctica su proyecto de país.

PLATAFORMAS ELECTORALES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS. Son las propuestas (en materia de vivienda, salud, educación, empleo, etcétera) que para cada elección hacen los partidos políticos a la ciudadanía, y que se comprometen a cumplir en caso de que el voto ciudadano los favorezca.

PODER EJECUTIVO FEDERAL. Es el poder depositado en el Presidente de la república, quien tiene la facultad de designar a los Secretarios de Estado para que atiendan los distintos asuntos nacionales. Este poder se renueva, por la vía electoral cada seis años.

PODER JUDICIAL FEDERAL. Es el poder que se encarga de vigilar el adecuado cumplimiento de las leyes. Su máxima autoridad se deposita en la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Lo integran, además, un Tribunal Electoral, Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito, Juzgados de Distrito y un Consejo de la Judicatura Federal.

PODER LEGISLATIVO FEDERAL. Este poder se deposita en el Congreso de la Unión (integrado por las Cámaras de Diputados y Senadores) y es el encargado de elaborar y aprobar las leyes de la Federación.

PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA. Es la regla que señala que un candidato es ganador de un pueto de elección popular cuando obtiene la mayoría de votos.

PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL. Es la regla que asigna puestos de elección popular a los partidos políticos de acuerdo con el porcentaje de votos que hayan recibido en una elección.

PRINCIPIOS RECTORES DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL. Para cumplir con las obligaciones que le marca la ley, el IFE se rige por cinco principios.

1. Certeza, porque sus acciones deben ser confiables.

2. Legalidad, porque sus acciones deben estar apegadas a la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, el COFIPE y las demás leyes aplicables en materia electoral.

3. Independencia. Porque debe funcionar al margen de cualquier poder o interés particular.

4. Imparcialidad. Porque debe ser políticamente neutral y otorgar a todos los partidos el mismo trato.

5. Objetividad. Porque su conducta se debe basar en hechos y no en opiniones.

PROCESO ELECTORAL. Es el medio a través del cual se concreta la voluntad soberana del pueblo para designar a los gobernantes. Procesos consistente en una serie de actos regulados por la Constitución y la legislación electoral para renovar periódicamente a los integrantes de los poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión. Consta de cuatro etapas: preparación de la elección, jornada electoral, resultados y declaración de validez de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

PROPAGANDA ELECTORAL. Es el conjunto de publicaciones, imágenes y todo tipo de expresiones que cada partido político utiliza con el objetivo de convencer a los ciudadanos para obtener sus votos.

PUESTOS DE ELECCIÓN POPULAR. Son los cargos públicos que obtienen los candidatos de los partidos gracias al voto de la ciudadanía. A nivel federal: Presidente de la República, senadores y Diputados Federales. A nivel local, Presidentes Municipales, Síndicos, regidores y Diputados de la Asamblea legislativa del Distrito federal.

REGISTRO DE PARTIDOS NACIONALES. Procedimiento que legaliza la participación de los partidos y sus candidatos en las actividades político-electorales del país; para obtenerlo, los partidos deben acreditar, ante el Consejo General del instituto Federal Electoral, que cumplen con los requisitos establecidos por la ley en la materia. Dicho registro puede perderse cuando se dé algunos de los supuestos que a este respecto establece la misma ley.

REPRESENTANTE DE PARTIDO POLÍTICO EN LAS CASILLAS. Es un miembro o simpatizante de un partido político, debidamente acreditado ante la autoridad electoral, que vigila que la jornada electoral se desarrolle conforme lo marca la ley.

SECCIÓN ELECTORAL. Es cada una de las fracciones territoriales de un distrito electoral uninominal que sirve tanto para ordenar la inscripción de los ciudadanos en el Padrón Elecoral como para elaborar las Listas Nominales de Electores.

SENADORES. Representantes de las entidades federativas del país que integran la Cámara de Senadores. Su función es velar por la soberanía y la libertad de las entidades federativas, salvaguardando el Pacto Federal, así como proponer y aprobar leyes. Se eligen, por cada una de dichas entidades, tres senadores: dos por Mayoría relativa; el otro se asigna a la primera minoría (partido que queda en segundo lugar de la votación respectiva). Treinta y dos son electos por el principio de Representación proporcional, votados en una sola circunscripción nacional.

SISTEMA DE PARTIDOS. Es el conjunto de partidos que existen en un estado; se caracteriza por:

• Una cantidad de determinada de partidos.

• Las relaciones que establecen entre sí

• Las definiciones ideológicas y estratégicas de sus componentes. En las sociedades abiertas y democráticas, es el espacio de competencia legal entre los partidos, orientado hacia la obtención y el ejercicio del poder político.

SISTEMA ELECTORAL. Es el conjunto de medios y procedimientos de elección popular destinados a convertir los votos de los ciudadanos en órganos legítimos de gobierno o de representación política. Hay dos grandes tipos de sistemas electorales: el mayoritario y el proporcional.

SISTEMA POLÍTICO. Conjunto de instituciones, grupos y procesos vinculados con la producción de decisiones referidas al orden social, con las relaciones que se establecen entre los diferentes actor políticos y con el ejercicio del poder en una determinada sociedad.

TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. Es una instancia del Poder Judicial Federal especializada en materia electoral, cuya función primordial es garantizar el apego a la legalidad de las elecciones, para lo cual atiende las inconformidades que presenten ciudadanos o partidos políticos y resuelve sobre ellas.

URNAS ELECTORALES. Cajas en las que los ciudadanos depositan sus votos.

VOTO. Es el acto mediante el cual se expresan las preferencias políticas de los ciudadanos; permite designar a quienes ocuparán los cargos de elección popular.











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