LA CAUSA DE LA FE


Cuántas veces hemos escuchado el término ABOGADO DEL DIABLO, para confundirlo en la defensa de los malosos. Nada tan inexacto como eso. Diversas fuentes describen a esta figura jurídica clerical, como  al encargado de objetar, de exigir todos los elementos probatorios y de descubrir errores en el expediente de los candidatos que la propia iglesia católica proponía para ser canonizados o beatificados. Su intención fue conducida, no ha invalidar dicho proceso, sino de demostrar con las pruebas fehacientes la autenticidad de las virtudes del modelo a ser glorificado. La canonización es el acto mediante el cual la Iglesia Católica en ambos ritos (Oriental y Occidental), declara como santo a una persona fallecida. Este proceso comprende la inclusión de dicha persona en el canon o lista de santos reconocidos. Anteriormente, los individuos eran reconocidos como santos sin requerimientos o procesos formales. La canonización, sea formal o informal, no santifica a ninguna persona. Se trata de una declaración de que ella fue santa al momento de su muerte, con anterioridad al mismo proceso de canonización.

Esta frase "abogado del diablo" fue utilizada por primera vez en el año 1588 por Sixto V , (Papa 227 de la Iglesia católica, de 1585 a 1590), al abogado procurador fiscal para gestionar las causas de beatificación y canonización, a través de la Sagrada Congregación de Ritos. Este oficio (Promotor de la Fe), es abolido por el Papa Juan Pablo II, en 1983, para ser sustituida por la figura del Promotor de la Justicia.
En la Litis cotidiana, se dice de alguien que defiende una posición que no creé o bien presenta un argumento fundado en el que si creé y lo motiva. En resumen la frase "abogado del Diablo" denota la búsqueda de un argumento contra la idea que se quiere defender, para hallar sus puntos débiles y mejorarlo.
Ser hoy Abogado del Diablo, es ser la defensa de una causa difícil de llevar, pero no imposible de solucionar.   
 

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