¿QUÉ ES UN SERVIDOR PÚBLICO?
Encontramos una definición
clara que se emplea para explicarlo mejor: el artículo 108 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, refiere como servidores públicos a
los representantes de elección popular (presidente, gobernadores, senadores y
diputados federales), a los miembros del Poder Judicial de la Federación, los
funcionarios y empleados, y en general a toda persona que desempeñe un empleo, cargo
o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Federal y de
todas aquellas personas que manejen o apliquen recursos económicos federales.
Las Constituciones
estatales precisarán, para efecto de sus responsabilidades, el carácter de
servidores públicos de quienes desempeñen empleo, cargo o comisión estatal y
municipal.
No obstante, también cae
en dicha referencia toda persona a la que el Estado le haya conferido un cargo
o una comisión de cualquier índole, entre los que se ubicarían aquellos
individuos que hayan sido designados como funcionarios electorales, o para
contribuir al levantamiento de los censos.
El presidente de la
República ha reiterado la aplicación de la ley y le ha explicado a la opinión
pública que ningún servidor público se involucre en materia electoral.
¿Pero qué es un delito
electoral en México?
Sobre esta materia la
Ley General en Materia de Delitos Electorales, define que un delito electoral
es todo acto u omisión a la ley previsto y sancionado por la misma. Y que los
delitos electorales son aquellas acciones u omisiones que lesionan o ponen en
peligro el adecuado desarrollo de la función electoral y atentan contra las
características del voto que debe ser universal, libre, directo, personal,
secreto e intransferible.
¿Quiénes pueden cometerlos?
Cualquier persona, funcionarios
electorales, funcionarios partidistas, precandidatos, candidatos, servidores
públicos, organizadores de campaña y ministros de culto religioso, diputados y
senadores electos, fedatarios públicos, ex magistrados electorales, consejeros electorales y el secretario
Ejecutivo del INE Y será en el ámbito federal Fiscalía Especializada en Delitos
Electorales (FEPADE), la autoridad encargada de investigar y perseguir los
delitos electorales para garantizar los derechos de los ciudadanos mexicanos.
En México se han celebrado
elecciones federales y locales en la nueva administración, ¿Por qué no hay detenidos
o infraccionados los que cometieron y cometen los delitos del orden electoral? Por
que los funcionarios encargados de vigilar que se cumpla la ley no lo hacen,
por que dejan solo al presidente que les dio el empleo, la seguridad económica temporal,
las viandas y demás beneficios que se le da en el ejercicio de su función de
servidores públicos, ¿Por qué lo traicionan?
Lo interesante de la
participación política en cuestiones electorales, es saber que sí y que no
hacer. La ley electoral es vigente y se espera congruencia de la llamada
autoridad electoral, pero también de la judicial, para que no se aprovechen de
los recursos públicos y que se apliquen correctamente.
¿sabremos de sanciones a
servidores públicos que utilizan la información que se genera y que la aprovechan
para otros fines para lo que fue integrada?
México requiere de un
estadista, si ya existe, es menester que quién lo acompañe es en servicio
público sea congruente, con el debe ser y el hacer.
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