¿QUÉ ES UN SERVIDOR PÚBLICO?


Encontramos una definición clara que se emplea para explicarlo mejor: el artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, refiere como servidores públicos a los representantes de elección popular (presidente, gobernadores, senadores y diputados federales), a los miembros del Poder Judicial de la Federación, los funcionarios y empleados, y en general a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Federal y de todas aquellas personas que manejen o apliquen recursos económicos federales.

Las Constituciones estatales precisarán, para efecto de sus responsabilidades, el carácter de servidores públicos de quienes desempeñen empleo, cargo o comisión estatal y municipal.

No obstante, también cae en dicha referencia toda persona a la que el Estado le haya conferido un cargo o una comisión de cualquier índole, entre los que se ubicarían aquellos individuos que hayan sido designados como funcionarios electorales, o para contribuir al levantamiento de los censos. 

El presidente de la República ha reiterado la aplicación de la ley y le ha explicado a la opinión pública que ningún servidor público se involucre en materia electoral.

¿Pero qué es un delito electoral en México?

Sobre esta materia la Ley General en Materia de Delitos Electorales, define que un delito electoral es todo acto u omisión a la ley previsto y sancionado por la misma. Y que los delitos electorales son aquellas acciones u omisiones que lesionan o ponen en peligro el adecuado desarrollo de la función electoral y atentan contra las características del voto que debe ser universal, libre, directo, personal, secreto e intransferible.

¿Quiénes pueden cometerlos?

Cualquier persona, funcionarios electorales, funcionarios partidistas, precandidatos, candidatos, servidores públicos, organizadores de campaña y ministros de culto religioso, diputados y senadores electos, fedatarios públicos, ex magistrados electorales,  consejeros electorales y el secretario Ejecutivo del INE Y será en el ámbito federal Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEPADE), la autoridad encargada de investigar y perseguir los delitos electorales para garantizar los derechos de los ciudadanos mexicanos.

En México se han celebrado elecciones federales y locales en la nueva administración, ¿Por qué no hay detenidos o infraccionados los que cometieron y cometen los delitos del orden electoral? Por que los funcionarios encargados de vigilar que se cumpla la ley no lo hacen, por que dejan solo al presidente que les dio el empleo, la seguridad económica temporal, las viandas y demás beneficios que se le da en el ejercicio de su función de servidores públicos, ¿Por qué lo traicionan?

Lo interesante de la participación política en cuestiones electorales, es saber que sí y que no hacer. La ley electoral es vigente y se espera congruencia de la llamada autoridad electoral, pero también de la judicial, para que no se aprovechen de los recursos públicos y que se apliquen correctamente.

¿sabremos de sanciones a servidores públicos que utilizan la información que se genera y que la aprovechan para otros fines para lo que fue integrada?

México requiere de un estadista, si ya existe, es menester que quién lo acompañe es en servicio público sea congruente, con el debe ser y el hacer.





Comentarios

Entradas populares