APRUEBA EL SENADO MEXICANO EN LO GENERAL LEY GENERAL EN MATERIA DE DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS
El
Pleno del Senado de la República aprobó en lo general, con 90 votos a
favor, tres en contra y tres abstenciones, el dictamen por el que se
expide la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas,
Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de
Búsqueda de Personas y reforma el Código Penal Federal y la Ley General
de Salud.
El
objetivo es establecer la distribución de competencias y la
coordinación entre autoridades de los distintos órdenes de gobierno, a
efecto de generar certeza en el establecimiento de bases penales que
impulsen un andamiaje en materia de tipos penales, que permita el
combate de la desaparición forzada de personas.
Se
establece que a quien incurra en este delito se le impondrá una pena de
cuarenta a sesenta años, y de diez mil a veinte mil días multa, además
de que dichas sanciones pueden ser aumentadas hasta en una mitad cuando
la persona muera, sea migrante, niña, niño o adolescente, mujer, mujer
embarazada, persona con discapacidad o persona mayor, sea periodista o
defensor de derechos humanos.
Por
otro lado, a la desaparición forzada cometida por particulares se le
impondrá pena de veinticinco a cincuenta años de prisión y de cuatro mil
a ocho mil días multa.
La
legislación crea el Sistema Nacional de Búsqueda de personas, cuyo
objetivo es diseñar y evaluar de manera eficiente y armónica los
recursos del Estado Mexicano para establecer las bases generales,
políticas públicas y procedimientos entre autoridades de todos los
órdenes de gobierno, para la búsqueda, localización e identificación de
personas desaparecidas.
Asimismo,
se crea la Comisión Nacional de Búsqueda, a quien se mandata la
ejecución y seguimiento de acciones de búsqueda de personas
desaparecidas y no localizadas.
El
Sistema estará integrado por los titulares de la Secretaría de
Gobernación, quien lo presidirá, la Secretaría de Relaciones Exteriores,
la Procuraduría General de la República, y la Comisión Nacional de
Búsqueda, quien fungirá como Secretaría Ejecutiva del Secretariado
Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
También
se crea un Consejo Ciudadano, como órgano de consulta del Sistema
Nacional, cuyo objetivo fundamental es el involucramiento de la sociedad
civil de las víctimas en el seguimiento de las actividades que
desarrollará el Sistema.
La
Comisión Nacional de Búsqueda contará con grupos de búsqueda, los
cuales deberán ser integrados por servidores públicos especializados en
la materia, los cuales podrán auxiliase por expertos y cuerpos
policiales especializados.
Una
de las características fundamentales de la legislación es la
investigación de los delitos a través de una Fiscalía Especializada,
adscrita a la Procuraduría General de la República y a las procuradurías
locales, a fin de tener autoridades especializadas.
También se establece el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas.
La
ley describe y emplea los protocolos necesarios, que incluyen las
directrices de actuación en los procesos de búsqueda, atendiendo a las
causas y circunstancias en que ocurrieron las conductas y formas de los
reportes, las denuncias de la desaparición, los procedimientos de
investigación ministerial, pericial y policial.
Incluye
un mecanismo de apoyo en el exterior, el cual representará un conjunto
de acciones y medidas tendientes a facilitar el acceso a la justicia y
el ejercicio de acciones para la reparación del daño a personas
migrantes o sus familias.
La
presidenta de la Comisión de Justicia, Pilar Ortega Martínez señaló que
la desaparición forzada de personas representa un flagelo que vulnera
los principios fundamentales de los derechos humanos, ya que destroza la
dignidad de la víctima, pone en riesgo su integridad física,
psicológica y destruye su seguridad personal y familiar.
Dijo
que es obligación del Congreso de la Unión generar las condiciones
necesarias para que la legislación aplicable genere las medidas que
permitan y obliguen al Estado mexicano a responder a las víctimas que
sufren violaciones a sus derechos humanos.
La
senadora Angélica de la Peña Gómez, presidenta de la Comisión de
Derechos Humanos, indicó que las comisiones definieron este delito como
continuo e imprescriptible, y se configuró la búsqueda, separada de la
investigación, a través de la Comisión de Búsqueda, “pero siempre de
manera integral, por ello, añadió, este precepto representa uno de los
más característicos”.
Aseguró
que se escucharon las historias de las miles de familias que buscan a
sus seres queridos y el “viacrucis” por el que han tenido que atravesar y
enfrentarse a las autoridades, para que sean tomadas en cuenta.
La
presidenta de la Comisión de Gobernación, Cristina Díaz Salazar, señaló
que la desaparición forzada de personas afecta los valores más
profundos de toda sociedad, ya que constituye un ultraje a la dignidad
humana, a la libertad y a la seguridad de las personas y en los últimos
años ha tomado dimensiones como nunca antes en la historia reciente.
Destacó
que la ley cuenta con los requisitos mínimos de un mecanismo de
búsqueda con participación de la sociedad y una estructura encuadrada en
los órdenes de gobierno, así como un registro de personas y la creación
de la Comisión Nacional de Búsqueda.
La
senadora Graciela Ortiz González, a nombre de la comisión de Estudios
Legislativos, dijo que el documento establece en su capitulado un
instrumento jurídico de gran importancia para el Estado mexicano, pero
fundamentalmente para las familias de los desaparecidos.
Insistió
en que este delito afecta los valores más profundos de toda sociedad,
pues el arrancar del seno familiar a una persona, lastima y suprime los
derechos humanos y libertades fundamentales, por lo que resaltó que la
legislación atiende la problemática con un respeto irrestricto a los
derechos fundamentales y la garantía de búsqueda efectiva de las
personas desaparecidas.
En
tanto, la senadora del Grupo Parlamentario del PT, Layda Sansores San
Román, consideró que esta no es la ley que merecían las víctimas del
delito de desaparición forzada o que requería México, pues dijo que
parece más un documento para cumplir con las presiones internacionales.
Expuso
que la ley no está acorde con los estándares internacionales, ni
pretende combatir la impunidad; suprimió el artículo 6to, de la
Convención Internacional de Desaparición Forzada que obliga al Estado
mexicano a establecer la responsabilidad en estos delitos de todos
aquellos agentes del Estado que formen parte de la cadena de mando.
Del
Grupo Parlamentario del PAN, la senadora Marcela Torres Peimbert,
precisó que se da un paso a un Estado con mayores límites en el
ejercicio del poder que detenta y comprometido con su ciudadanía, para
brindarle acceso real al derecho a la verdad, justicia y reparación del
daño, pero sobre todo, para que no se repetir esta infamia.
La
desaparición forzada no es un fenómeno nuevo, pues ha sido “un
siniestro compañero de viaje de nuestra patria durante su vida
independiente”, argumentó la legisladora; y agregó que se salda “con
reservas una deuda histórica con los mexicanos”.
La
senadora Iris Vianey Mendoza Mendoza, del Grupo Parlamentario del PRD,
resaltó que con esta ley se atiende una exigencia humana primaria, el
derecho a la libertad y a la vida. El fenómeno de la desaparición
forzada se incrementó desde hace 10 años, junto con la violencia.
La
senadora reconoció a los colectivos de víctimas de desaparición forzada
y a las organizaciones de derechos humanas que acompañan a las
familias; así como a las presidentas de las comisiones dictaminadoras
por su esfuerzo.
Luisa
María Calderón Hinojosa, senadora del Grupo Parlamentario del PAN,
asentó que la nueva legislación “es perfectible”, pero cumple con
reforma constitucional del 10 de julio de 2015 y “vamos a tratar de que
mejore más adelante”.
El
Sistema Nacional de Búsqueda, destacó, funcionará de manera
transversal, pues permite la articulación de las dependencias de
seguridad pública y de procuración de justicia para la atención de
inmediata de los casos.
Su
compañera de bancada, Patricia Leal Islas, dijo que el nuevo
ordenamiento atiende un justo reclamo de las organizaciones de la
sociedad civil, que agrupan a las víctimas de este lamentable ilícito,
que se ha convertido en un problema grave para México.
Se
trata de colectivos que están desesperados por conocer el paradero de
sus familiares y la firme esperanza de obtener resultados en cada uno de
los cosas, por lo que “este esfuerzo es un anhelo de justicia”.
El
senador Luis Humberto Fernández Fuentes, del Grupo Parlamentario del
PT, consideró que la ley tiene bondades y garantiza dar respuesta a los
familiares de las víctimas; además, dota al Estado mexicano de la
posibilidad de crear un padrón oficial de desaparecidos, así como
establecer una coordinación institucional más ágil para su
localización.
Sin
embargo, acotó, hay aspectos que se deben incluir, como incorporar la
Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) al Sistema Nacional de
Búsqueda, así como que se dé a sus recomendaciones el mismo nivel de las
emitidas por organismos internacionales, incluídas dentro de la misma
ley.
Héctor
David Flores Ávalos, senador por el PAN, reconoció que la ley
representa un gran avance; sin embargo, pidió que durante las reservas
los legisladores emitan un voto razonado para resolver los errores
contenidos en el dictamen, y de esta forma evitar que las familias vean
frustradas sus esperanzas de que se les dé efectivamente respuesta para
encontrar a sus familiares.
Consideró
que no es acertado incluir en una misma legislación la desaparición
forzada y el Sistema Nacional de Búsqueda, sino que cada uno debiera
contar con su propia ley, pues el delito corresponde al ámbito penal y
la localización de las víctimas al civil.
La
senadora del PAN, Adriana Dávila Fernández, subrayó que la construcción
de las leyes, principalmente aquellas relacionadas en materia de
derechos humanos, debería estar alejada de intereses electorales tanto
del gobierno como de la oposición, pero desafortunadamente esos
intereses siempre intervienen para la construcción de cualquier
ordenamiento.
Remarcó
que esta ley no es una conquista del Poder Ejecutivo como tampoco del
Legislativo, sino de actores ciudadanos, organizaciones civiles y
víctimas de estos delitos, que siempre tienen que estar empujando para
lograr estos ordenamientos, por lo que el Senado debe hacer mejor su
trabajo y hablar siempre con la verdad a los ciudadanos, a las
organizaciones y a las víctimas.
El
senador del Grupo Parlamentario del PT, Fidel Demédicis Hidalgo,
comentó que por fin el pueblo mexicano va a tener un instrumento legal
que va a combatir el flagelo de la desaparición forzada que vive el
país.
Cuestionó
sobre cuántas personas han sido castigadas por la desaparición de miles
de personas. Indicó además que este delito atenta contra las familias y
la estabilidad de la sociedad en su conjunto; por lo que los
responsables de estos actos tienen nombre y apellido y el Senado no debe
ser cómplice de los implicados de dichas desapariciones.
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