LA CAUSA DE LA FE
Cuántas
veces hemos escuchado el término ABOGADO DEL DIABLO, para confundirlo en la
defensa de los malosos. Nada tan inexacto como eso. Diversas fuentes describen
a esta figura jurídica clerical, como al
encargado de objetar, de exigir todos los elementos probatorios y de descubrir
errores en el expediente de los candidatos que la propia iglesia católica
proponía para ser canonizados o beatificados. Su intención fue conducida, no ha
invalidar dicho proceso, sino de demostrar con las pruebas fehacientes la
autenticidad de las virtudes del modelo a ser glorificado. La canonización es el acto mediante el cual la Iglesia
Católica en ambos ritos (Oriental y Occidental), declara como santo a una
persona fallecida. Este proceso comprende la inclusión de dicha persona en el canon
o lista de santos reconocidos. Anteriormente, los individuos eran reconocidos
como santos sin requerimientos o procesos formales. La canonización, sea formal
o informal, no santifica a ninguna persona. Se trata de una declaración
de que ella fue santa al momento de su muerte, con anterioridad al mismo
proceso de canonización.
Esta frase "abogado del diablo" fue
utilizada por primera vez en el año 1588 por Sixto V , (Papa 227 de la Iglesia
católica, de 1585 a 1590), al abogado procurador fiscal para gestionar las causas
de beatificación y canonización, a través de la Sagrada Congregación de Ritos. Este
oficio (Promotor de la Fe), es abolido por el Papa Juan Pablo II, en 1983, para
ser sustituida por la figura del Promotor de la Justicia.
En la Litis cotidiana, se dice de alguien que
defiende una posición que no creé o bien presenta un argumento fundado en el
que si creé y lo motiva. En resumen la frase "abogado del Diablo"
denota la búsqueda de un argumento contra la idea que se quiere defender, para
hallar sus puntos débiles y mejorarlo.
Ser hoy Abogado del Diablo, es ser la defensa de una
causa difícil de llevar, pero no imposible de solucionar.
Comentarios
Publicar un comentario