EL NUEVO SISTEMA JUDICIAL DE LA ORALIDAD EN LA CIUDAD DE MÉXICO
El sistema judicial en la impartición de justicia en
la Ciudad de México, desde El Tribunal Superior de Justicia del Distrito
Federal (TSJDF) ha dado los pasos más importantes hacia la modernización de los
procesos judiciales con la implementación de los juicios orales en las materia
civil y mercantil, que iniciaron el pasado mes de enero de 2004 con la puesta en marcha de 20 nuevos
juzgados, con sus correspondientes salas de juicio oral. Este nuevo modelo
procesal es aplicable únicamente a demandas cuya suerte principal no exceda los
$520,900.00.
De manera parcial inició la utilización del
Sistema Penal Acusatorio Adversarial en el mes de enero de 2015, para delitos
culposos o de querella. La Procuraduría General de Justicia del Distrito
Federal elaboró un Catálogo de delitos culposos y que se investigan por
querella en el que detalla cuáles son ilícitos que serán procesados con este
nuevo modelo de justicia
Los delitos considerados
culposos (no graves) son el homicidio, las lesiones, el aborto, las lesiones
por contagio, daño a la propiedad, ejercicio ilegal del servicio público en las
hipótesis de destruir, alterar o inutilizar información o documentación bajo su
custodia o a la cual tenga acceso.
Otros delitos no graves y que
por tanto se llevarán bajo el nuevo sistema, a partir de hoy, son la evasión de
presos, suministro de medicinas nocivas o inapropiadas, ataques a vías y a
medios de comunicación, así como delitos contra el ambiente y los actos de
maltrato o crueldad contra animales no humanos.
Por lo que se refiere a los
delitos por querella están las lesiones culposas, la procreación asistida,
inseminación artificial y esterilización forzada, además del peligro de
contagio previsto en el artículo 159 del Código Penal del DF, la privación de
la libertad con fines sexuales, la violación cuando entre la víctima y
victimario exista vínculo matrimonial, de concubinato o de pareja; el abuso
sexual, el acoso sexual, el estupro y los delitos que atentan contra el
cumplimiento de la obligación alimentaria.
En este rubro serán procesados
la violencia familiar, la violencia familiar equiparada, la discriminación, las
amenazas, el allanamiento de morada, despacho, oficina o establecimiento
mercantil y los delitos patrimoniales que sean cometidos por un ascendiente,
descendiente, cónyuge, parientes por consanguinidad hasta el segundo grado,
adoptante o adoptado, concubina o concubinario, pareja permanente o parientes
hasta el segundo grado.
Otros delitos por querella son
robo sin agravantes, abuso de confianza, abuso de confianza equiparado, fraude,
fraude específico, administración fraudulenta, insolvencia fraudulenta en
perjuicio de acreedores, despojo y daño a la propiedad. Se persiguen de oficio
cuando se cometan en perjuicio de dos o más víctimas. También se llevarán bajo
el nuevo sistema el ejercicio ilegal del propio derecho, fraude procesal y
violación de correspondencia.
Se procesarán también la
defraudación fiscal, defraudación fiscal relacionada con inmuebles,
defraudación fiscal en materia de suministro de agua potable, delitos relacionados
con los padrones de contribuyentes, delitos cometidos por depositarios e
interventores, delitos de falsificación en materia fiscal y de asociación
delictuosa en materia fiscal. Estos se perseguirán de oficio cuando participen
servidores públicos. También se perseguirán los delitos contra la regulación
urbana.
El 20 de agosto de 2014 fue
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el decreto por el cual la Asamblea
Legislativa declara la Incorporación del Sistema Procesal Penal Acusatorio y
del Código Nacional de Procedimientos Penales al orden jurídico citadino.
En tanto, el Tribunal Superior
de Justicia local publicó en la Gaceta Oficial un decreto en el que se da a
conocer la creación de la figura de jueces de Justicia para Adolescentes en
delitos no graves, Penal de delitos no graves, de Ejecución de Sanciones y
Civil de cuantía menor. Documento, que rige las obligaciones y principios de la
actuación policial, y que entró en vigor (15/I/2015), y que está incluido en el
Código Nacional de Procedimientos Penales.
En el documento emitido el 9 de
enero por la Subsecretaría de Operación Policial se notifica que el 16 de enero
este sistema entra en vigor para los delitos culposos y aquellos que se
persiguen por querella. Entre los ocho puntos destaca: recibir denuncias de
cualquier persona en el formato correspondiente por hechos que pudieran
ser constitutivos de delito e informar al Ministerio Público, por cualquier
medio y de inmediato, de las diligencias.
Además, hacer saber al detenido los
derechos que le asisten.
La Secretaría de Seguridad
Pública del Distrito Federal informó a través de un comunicado que la Gaceta
Oficial publicó los acuerdos por los que se expiden los protocolos de actuación
policial para la detención de probables responsables en el marco del Sistema
Penal Acusatorio y el de actuación policial para la preservación del lugar de
los hechos o del hallazgo y cadena de custodia.
El primer protocolo establece
los supuestos bajo los cuales los policías preventivos realizarán la
detención de los probables responsables de cometer un delito: cuando se
emita un mandamiento ministerial, un mandamiento jurisdiccional y exista
flagrancia en la comisión de un ilícito.
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